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El Consejo de Facultad es el órgano de dirección
y de gobierno de la Facultad. Está integrado
por:
· El Decano, quien lo preside.
· Doce representantes de los profesores: seis
principales, cuatro asociados y dos auxiliares.
· Siete representantes de los estudiantes, los
que constituyen el tercio del total de los miembros
del Consejo.
· Un representante de los graduados en calidad
de supernumerario con voz y voto.
· Los directores de las escuelas académicos
profesionales, institutos de investigación universitaria
y proyección social, con voz pero sin voto.
· El Secretario General del Centro Federado de
Estudiantes de la Facultad con voz, pero sin voto.
· Los representantes de los trabajadores no docentes
de la Facultad, podrán ser invitados cuando se
traten asuntos de su competencia, con voz pero sin voto.
Atribuciones : · Nombrar al Secretario
Académico y Administrativo a propuesta del Decano.
· Elegir al director o directores de las escuelas
académico profesionales de la Unidad de Postgrado
y al Centro de Extensión Universitaria y Proyección
Social; ratificar a los directores de los institutos
de investigación y a los coordinadores de los
departamentos académicos.
· Planificar y evaluar el funcionamiento de la
Facultad.
· Aprobar los planes de trabajo académico,
administrativo y económico de todas las unidades
que constituyen la Facultad.
· Formular y proponer al Consejo Universitario
el Proyecto de Presupuesto de la Facultad.
· Ejecutar el presupuesto de la Facultad de conformidad
con sus objetivos, metas y normas establecidas
· Proponer al Consejo Universitario la creación,
fusión y supresión de escuelas académicos
profesionales e institutos de investigación y
del Centro de Extensión Universitaria y Proyección
Social.
· Coordinar y ratificar la currícula de
la formación profesional y académica presentados
por cada Escuela Académico Profesional y la Unidad
de Postgrado.
· Acordar el otorgamiento de grados académicos
y títulos profesionales a propuesta de la Escuela
respectiva, y dictaminar sobre la revalidación
y reconocimientos de los conferidos por universidades
extranjeras.
· Aprobar las vacantes de las escuelas académicos
profesionales y de las unidades de postgrado.
· Convocar, organizar y auspiciaar eventos científicos,
seminarios curriculares y otros de naturaleza semejante,
a fin de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan
de Desarrollo de la Facultad.
· Convocar y llevar a cabo los concursos de ingreso
a la docencia, nombramiento, promoción de docentes,
ratificación en la categoría y cambios
de clase, elevándolos al Consejo Universitario
para su ratificación.
· Aprobar el nombramiento o contrato y traslado
del personal administrativo y de servicio elevándolo
al Consejo Universitario para su ratificación.
· Otorgar y aceptar becas a los profesores, estudiantes
y personal no docente y gestionarlas ante los organismos
nacionales, extranjeros o internacionales; así
como suscribir convenios con los mismos objetivos.
· Conceder licencia a los docentes y no docentes,
de acuerdo con el Estatuto y Reglamento de la Universidad.
· Nombrar las Comisiones Permanentes y Transitorias
que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos
y funciones.
· Proponer la suscripción de acuerdos
de la Facultad con otras universidades.
· Ejercer las demás atribuciones que se
establecen en el Estatuto y en el Reglamento General
de la Universidad.
* Consejo de Facultad (.xls - 225 KB)
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