Ley De Educación Superior
http://www.asamblea.gob.sv/leyes/19950522.htm
"Artículo 24. - Se consignarán anualmente en el
Presupuesto del Estado las partidas destinadas al sostenimiento de las
universidades estatales, para el fomento de la investigación
y las necesarias para asegurar y acrecentar su patrimonio.
Las instituciones estatales de educación superior estarán
sujetas a la fiscalización de la Corte de Cuentas de la República.
Los funcionarios y demás servidores de las instituciones estatales
de educación superior, quedan sujetos a las normas de responsabilidad
de los mismos por los abusos que cometan en el ejercicio de sus cargos.