Tiene las competencias de
asegurar la coordinación y representación global de las
universidades asociadas, sin prejuicio de autonomía de cada una
de ellas; colaborar en la formulación de las políticas nacionales
de educación, ciencia y cultura; pronunciarse sobre los objetivos
legislativos que se dirigen directamente a temas de la enseñanza
superior pública, así como en cuestiones organizativas de
la educación superior, y la creación, integración,
modificación o extinción de establecimientos de educación
superior.
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