Creemos que aprobar la modificatoria
de los Artículos 35º, 36º y 37º de la Ley Nº
23733 por los señores parlamentarios sin la debida consideración
del sistema de gobierno universitario en su totalidad sería un
error. La universidad es una institución, como otras, dirigida
por autoridades políticamente elegidas; en su seno alberga distintos
órganos de gobierno estructurados de tal forma que permiten el
funcionamiento de un sistema de pesos y contrapesos para una interacción
controlada y sometida a fiscalización mutua. La modificación
de algún elemento de este sistema de controles sin una perspectiva
estructural, alteraría las relaciones existentes entre los órganos
colegiados y las autoridades unipersonales. [
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