UNIDAD
DE ALMACÉN
Unidad de Almacén, significa que todos los bienes que adquiera la
entidad deben ingresar a través de almacén, aun cuando la
naturaleza física de los mismos requiera su ubicación directa
en el lugar o dependencia que lo solicita. Ello permitirá un control
efectivo de los bienes adquiridos.
Los ambientes asignados para el funcionamiento de los almacenes, deben estar
adecuadamente ubicados, contar con instalaciones seguras, y tener el espacio
físico necesario, que permita el arreglo y disposición conveniente
de los bienes, así como el control e identificación de los
mismos.
Las personas a cargo del almacén tienen la responsabilidad de acreditar
en documentos, su conformidad con los bienes que ingresan (si se ajustan
a los requerimientos y especificaciones técnicas solicitadas por
la dependencias de la institución), así como los que salen.
(Resolución de Contraloría Nº 072-2000-CG, COMENTARIOS
A LA NORMA 300-02) (Arriba)
UNIDAD
DE CAJA
Se denomina Unidad de caja al principio que se aplica en el sistema de
Tesorería para centralizar la totalidad de los recursos financieros
y ponerlos a cargo de la tesorería de la entidad. Este concepto
no se opone a la implementación de mecanismos descentralizados
de los procesos de pago.
(Resolución de Contraloría Nº 072-2000-CG, COMENTARIOS
A LA NORMA 230-01) (Arriba)
UNIDAD
DE VISTA
Los procedimientos administrativos se desarrollan de oficio, de modo sencillo
y eficaz sin reconocer formas determinadas, fases procesales, momentos
procedimentales rígidos para realizar determinadas actuaciones
o responder a precedencia entre ellas, salvo disposición expresa
en contrario de la ley en procedimientos especiales.
(Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículo
144°) (Arriba)
UNIDAD
DE POST GRADO
La Unidad de Post-Grado, es la unidad académica de la Facultad
encargada de planificar, organizar y dirigir los estudios de Segunda Especialización
y organizar y dirigir los estudios de Maestría y Doctorado en el
ámbito de su competencia.
(Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Artículo
15º) (Arriba)
UNIDAD
EJECUTORA (UE)
Las denominadas como tales en la normatividad presupuestal y que tiene
a su cargo la ejecución del Proyecto de Inversión Pública,
así como a las Empresas del Sector Público No Financiero
que ejecutan Proyectos de Inversión Pública.
(Decreto Supremo N° 086-2000-EF, Reglamento del Sistema Nacional de
Inversión Pública, Artículo 1º) (Arriba)
UNIDAD
IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT)
Monto de referencia que es utilizado en las normas tributarias a fin de
mantener en valores constantes las bases imponibles, deducciones, límites
de afectación y demás aspectos de los tributos que considere
conveniente el legislador.
(Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01, Glosario de Términos
de Gestión Presupuestaria del Estado, publicada el 23 de febrero
de 1999) (Arriba)
UNIDAD
MONETARIA
Signo monetario de un país alrededor del cual se construye la familia
de billetes y monedas.
(Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01, Glosario de Términos
de Gestión Presupuestaria del Estado, publicada el 23 de febrero
de 1999) (Arriba)
UNIDADES
ORGÁNICAS O ADMINISTRATIVAS
Términos que se emplean indistintamente para tipificar el campo
diferenciado de funciones y/o actividades de naturaleza afín e
interrelacionadas que están orientadas a cumplir objetivos comunes.
Las unidades pueden tener diferente envergadura y nivel jerárquico
de acuerdo con la complejidad y responsabilidad de las funciones asignadas
a ella. Ejemplo: Dirección de Personal, División de Reclutamiento
y Selección, Departamento de Reclutamiento, etc.
(Directiva Nº 005-82-INAP/DNR, Normas para la Formulación
del Reglamento de Organización y Funciones de los Organismos de
la Administración Pública) (Arriba)
UNIVERSIDAD
NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
La Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Decana de América,
es la Institución de mayor jerarquía académica, sustentada
en su historia y en su desarrollo, a la que la Nación encarga crear
y difundir conocimiento, cultura, ciencia y tecnología, con una
definida orientación Nacional y democrática, comprometida
con la transformación de la sociedad.
(Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Artículo
1º) (Arriba)
USUARIO
Cualquier persona que utiliza una computadora. Por lo general se refiere
a las personas que no pertenecen al personal técnico y que proporcionan
entradas y reciben salidas de la computadora.
(Resolución Jefatural Nº 140-95-INEI, Recomendaciones Técnicas
para la Organización y Gestión de los Servicios Informáticos
para la Administración Pública, Glosario de Términos)
(Arriba)
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