DISPOSICIONES FINALES

  • RIMERA.- Las Facultades representadas por el señor Decano están obligadas, bajo responsabilidad, a enviar al Comité Electoral la relación completa de los alumnos matriculados, la relación actualizada de los docentes ordinarios y de los graduados.
  • SEGUNDA.- El Comité Electoral asume la responsabilidad administrativa ante la Asamblea Universitaria por la no convocatoria oportuna a las Elecciones Generales y/o Complementarias en estricto cumplimiento de los plazos establecidos en el Cronograma Electoral.
  • TERCERA.- Todo aquello no previsto en el presente Reglamento General de Elecciones, será resuelto por el Comité Electoral de acuerdo a la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria N° 23733 y el Estatuto de la Universidad.
  • Su no observancia generará la sanción correspondiente.
  • CUARTA.- Anualmente la Secretaría General de la Universidad, publicará la relación de los docentes que reúnan los requisitos para ser elegidos como autoridades.
  • QUINTA.- Los docentes de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, que ocupen cargos directivos en otras universidades, ya sean nacionales o particulares no podrán ser elegidos para los Órganos de Gobierno, Unidades Académicas, Institutos y Centros de Investigación y Centros de Proyección Social.
  • SEXTA.- Los docentes sólo podrán ser elegidos y elegir en su condición de docentes.
  • El graduado que mantiene la condición de estudiante puede elegir y ser elegido sólo como estudiante.

Atrás

Acceso Directo

Acceso Directo

Acceso Directo

 

Comité Electoral
HORARIO DE ATENCIÓN : 9 a.m. a 1 p.m. y de 2 p.m. a 4 p.m.
DIRECCIÓN : Av. Germán Amézaga s/n, Biblioteca Central 4to piso, Ciudad Universitaria - UNMSM
TELÉFONO : 619-7000 / Anexo 7603
CORREO ELECTRÓNICO: comiteelectoral@unmsm.edu,p

Oficina de Página Web de la UNMSM. Telefóno: 6197000 anexo: 7390 / email:rrpp@unmsm.edu.pe

xhtml valido css valido nivel 1 de accesibilidad